PREMEX S.A.S., con domicilio en Medellín – Antioquia – Colombia, es responsable del tratamiento de los datos personales. Según nuestras políticas de tratamiento de datos personales, los mecanismos a través de los cuales hacemos uso de éstos son seguros y confidenciales, pues contamos con los medios tecnológicos idóneos para asegurar que sean almacenados de manera tal que se impida el acceso indeseado por parte de terceras personas, y en ese mismo orden aseguramos la confidencialidad de los mismos.
Cómo contactarnos
Dirección oficinas: Carrera 50 No. 2 Sur – 251 Medellín – Antioquia – Colombia.
Correo electrónico: premex@premexcorp.com
Teléfono: (57-4)6041500.
Sus datos personales serán incluidos en una base de datos y serán utilizados para las siguientes finalidades:
Se le informa a los titulares de información que pueden consultar el Manual Interno de Políticas y Procedimientos de Datos Personales de PREMEX S.A.S., que contiene nuestras políticas para el tratamiento de la información recogida, así como los procedimientos de consulta y reclamación que le permitirán hacer efectivos sus derechos al acceso, consulta, rectificación, actualización y supresión de los datos, el cual está disponible en la Web: http://premex.co/es
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Y DIRECTRICES PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
INTRODUCCIÓN
PREMEX S.A.S. en cumplimiento de las disposiciones legales que rigen el Tratamiento de datos personales, en especial lo señalado en el literal k del artículo 17 de la ley 1581 de 2012, adopta el presente manual interno de procedimientos y directrices para el Tratamiento de datos personales.
PROPÓSITO: Permitir al Titular de la información el libre ejercicio al derecho de Habeas Data o autodeterminación informática, estableciendo un procedimiento para que pueda conocer, actualizar y rectificar su información personal contenida en las bases de datos o archivos de E
CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1:
Definiciones: Para efectos de este manual y de acuerdo con lo establecido en el artículo 3° de la Ley 1581 de 2012, y demás normas concordantes se entiende por:
Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales.
Habeas data: Derecho fundamental autónomo e independiente consagrado en el artículo 15 de la Constitución Política de Colombia y desarrollado por la ley 1581 de 2012, que confiere a las personas la facultad de conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.
Aviso de privacidad: Documento físico, electrónico o en cualquier otro formato, generado por el Responsable, que es puesto a disposición del Titular para el Tratamiento de sus datos personales, el cual comunica al Titular la información relativa a la existencia de las políticas de Tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las características del Tratamiento que se pretende dar a los datos personales.
Base de datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento.
Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.
Dato público: Es el dato calificado como tal según los mandatos de la Ley o de la Constitución Política y aquel que no sea semiprivado, privado o sensible. Son públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio, a su calidad de comerciante o de servidor público y aquellos que puedan obtenerse sin reserva alguna. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales, sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva.
Dato privado: Es el dato que por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el Titular.
Datos Sensibles: Es el dato que afecta la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos.
Dato semiprivado: Es semiprivado el dato que no tiene naturaleza íntima, reservada, ni pública y cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no sólo a su Titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general.
Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento.
Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la Base de Datos y/o el Tratamiento de los datos.
Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento.
Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
Transmisión: Tratamiento de datos personales que implica la comunicación de los mismos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por objeto la realización de un Tratamiento por el Encargado por cuenta del Responsable.
ARTÍCULO 2: Principios: PREMEX S.A.S., en el Tratamiento de datos personales respetará los principios establecidos en la normatividad aplicable:
CAPITULO II: DERECHOS DE LOS TITULARES Y DEBERES DEL RESPONSABLE.
ARTÍCULO 3. Derechos: PREMEX S.A.S. en el Tratamiento de datos personales respetará los derechos del Titular de la información contenidos en el artículo 8° de la Ley 1581 de 2012:
PARÁGRAFO: El Titular de la información tiene derecho a presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la normatividad aplicable en materia de Habeas Data. Para el efecto, deberá cumplir con el requisito de procedibilidad contemplado en el artículo 16 de la ley 1581 de 2012, consistente en haber agotado el trámite de consulta o reclamo ante PREMEX S.A.S..
ARTÍCULO 4. Deberes de los Responsables del Tratamiento: PREMEX S.A.S., en calidad de Responsable de la Información, cumple con los siguientes deberes:
CAPITULO III: PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMACIONES POR PARTE DE LOS TÍTULARES.
ARTÍCULO 5. Área responsable de la atención de consultas y reclamaciones: La dependencia responsable de la atención de peticiones, consultas y reclamaciones ante la cual el Titular puede ejercer sus derechos a conocer, actualizar, rectificar, suprimir el dato o rectificar la Autorización en los términos de Ley, es la Dirección Jurídica de PREMEX S.A.S., ubicada en la ciudad de Medellín en la Carrera 50 No. 2 Sur 251, teléfono 6041500, correo electrónico premex@premexcorp.com
ARTÍCULO 6. Procedimiento para Consultas: Para la presentación de consultas, el Titular de la Información o sus causahabientes, y para efectos de garantizar la seguridad de la información, podrán optar por realizar la solicitud personalmente o por medio de escrito.
La consulta será atendida en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
PARÁGRAFO I. Si el Titular o sus causahabientes optan por realizar la consulta personalmente ante el área responsable de la atención de peticiones y reclamaciones, deberá identificarse plenamente mediante cédula de ciudadanía o documento equivalente.
PARÁGRAFO II. Si el Titular o sus causahabientes optan por presentar su consulta por medio escrito, el documento deberá contar con diligencia ante notaria (o autoridad competente) con presentación personal y reconocimiento del contenido. En el escrito se deberá indicar la dirección del peticionario, y adjuntar copia del documento de identificación personal. Si la consulta es realizada mediante autorizado o apoderado se deberá adjuntar original de la Autorización o poder del Titular de los datos, autenticada ante notario público y el documento de identificación personal del autorizado o apoderado.
PARÁGRAFO III: Si la consulta se refiere a un Titular fallecido, el cónyuge, compañero permanente, hijo o familiar deben presentar solicitud escrita debidamente autenticada, acompañando el certificado de defunción del Titular de la información. Adicionalmente deberán presentar:
ARTÍCULO 7. Procedimiento para reclamaciones: El Titular o sus causahabientes que consideren que la información contenida en una Base de Datos debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la Ley 1581 de 2012, podrán presentar un reclamo escrito ante el área responsable el cual será tramitado bajo las siguientes reglas:
En caso de que PREMEX S.A.S. no sea competente para resolver La reclamación, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado.
CAPITULO IV. AUTORIZACIÓN
ARTÍCULO 8. Autorización: El Tratamiento de información por parte de PREMEX S.A.S. requiere el consentimiento libre, previo, expreso e informado del Titular de la Información. PREMEX S.A.S., en su condición de Responsable del Tratamiento de datos personales, ha dispuesto los mecanismos necesarios para obtener la Autorización de los Titulares garantizando en todo caso que la Autorización sea susceptible de posterior consulta.
PARÁGRAFO: Los datos de Naturaleza Pública, de conformidad con lo señalado en el literal b) del artículo 10 de la Ley 1581 de 2012, no requieren Autorización del Titular de la Información.
ARTÍCULO 9. Aviso de Privacidad: Mediante el Aviso de privacidad se informa al Titular la información relativa a la existencia de las políticas de Tratamiento de información contenidas en el presente manual, así como las características del Tratamiento que se le dará a los datos personales, y contendrá como mínimo la siguiente información:
PARÁGRAFO: PREMEX S.A.S. conservará el modelo del Aviso de privacidad que se transmitió a los Titulares mientras se lleve a cabo el Tratamiento de datos
personales, y perduren las obligaciones que de éste se deriven. PREMEX S.A.S. podrá emplear los medios informáticos, electrónicos, o cualquiera que considere pertinente para almacenar el modelo.
CAPITULO V. NOMBRE Y FINALIDAD DE LAS BASES DE DATOS Y/O ARCHIVOS
ARTÍCULO 10. Bases de Datos/Archivos y finalidad. PREMEX S.A.S. cuenta con activos de información, los cuales se vinculan o pueden asociarse con personas naturales.
ARTÍCULO 11. Vigencia. El presente manual interno de políticas y procedimientos para el tratamiento de datos personales rige a partir de la fecha de su expedición. El periodo de vigencia de las bases de datos se regirá por las disposiciones que rigen la materia conforme a los principios de finalidad y temporalidad de la información.
Medellín, 06 de diciembre de 2013.
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